Redacción
Lunes, 05 de Octubre de 2026
MADRID
El adelanto electoral se lleva por delante alrededor de 300 leyes en tramitación
La convocatoria anticipada de elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026 supone mucho más que el final político de la XV Legislatura. Desde el punto de vista jurídico, provoca también el final de una enorme cantidad de iniciativas legislativas –alrededor de 300– que se encontraban pendientes en el Congreso y en el Senado.
El decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones está previsto que se publique en el BOE mañana martes 6 de octubre, momento a partir del cual se producirá formalmente la disolución del Congreso y del Senado.
Y entre ellas se encuentran algunos proyectos de enorme importancia para los temarios de oposiciones de Derecho Administrativo, Función Pública, Hacienda Pública, Derecho Constitucional, Seguridad Social, Sanidad, Economía y Unión Europea.
La gran damnificada para los opositores: la Ley de la Función Pública del Estado
Probablemente, el proyecto que más directamente afecta a nuestros lectores es el proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, que fue presentado por el Gobierno el 17 de julio de 2024 y calificado por la Mesa del Congreso el 23 de julio. La Cámara encomendó su aprobación, con competencia legislativa plena, a la Comisión de Hacienda y Función Pública.
Sin embargo, más de dos años después no se había convertido en ley, circuntancia que ya fue advertida por La Gaceta del Opositor el pasado 5 de agosto bajo del título de La Ley de la Función Pública de la Administración del Estado ni está ni se le espera.
Ahora, la disolución pone punto final al procedimiento. Y el asunto no es menor, puesto que el proyecto pretendía desarrollar específicamente para la Administración del Estado buena parte del régimen establecido con carácter básico por el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015.
Por tanto, la Administración General del Estado continuará sin disponer de esa gran ley general de Función Pública cuya aprobación lleva años anunciándose.
Si el próximo Gobierno quiere recuperarla, deberá comenzar un nuevo procedimiento legislativo.
También decae la Ley Orgánica de Integridad Pública
Otra iniciativa estrechamente vinculada con el funcionamiento de las Administraciones Públicas es el Proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública. Había sido presentado el 31 de julio de 2026 y, tras su calificación el 8 de septiembre, se encontraba en la Comisión de Hacienda y Función Pública, todavía en fase de enmiendas.
Igualmente decae la condonación de deuda a las Comunidades Autónomas
Otra de las iniciativas de mayor trascendencia económica es el Proyecto de Ley Orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común. Fue presentado el 11 de diciembre de 2025 y se encontraba en la Comisión de Hacienda y Función Pública en fase de informe.
Su tramitación había provocado un fuerte debate político y financiero, puesto que, como su nombre indica, el proyecto articulaba la asunción por el Estado de una parte de la deuda de las comunidades autónomas de régimen común.
Tampoco habrá reforma del sistema de financiación autonómica
El final anticipado de la legislatura impide asimismo culminar otra de las reformas económicas que estaban sobre la mesa: el nuevo modelo de financiación autonómica.
Justicia: también se quedan reformas en el camino
La disolución afecta igualmente a distintas iniciativas en materia judicial. Por ejemplo, el Congreso acababa de tomar en consideración el pasado 29 de septiembre una proposición de ley orgánica para modificar el artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativo al curso de selección de los aspirantes a ingresar en la Carrera Judicial.
La toma en consideración fue aprobada por 295 votos a favor, 36 en contra y 15 abstenciones.Pero haber superado la toma en consideración no equivale a haber aprobado una ley. La iniciativa seguía pendiente de desarrollo parlamentario y, por tanto, queda afectada por la caducidad.
Otras cuestiones afectadas
Lo mismo sucede con otras proposiciones relacionadas con el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, con el Proyecto de Ley de las Organizaciones de Pacientes, con dferentes medidas relacionadas con el Estatuto del Docente, con el régimen penitenciario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y distintas reformas procesales que todavía se encontraban pendientes en la Cámara.
La Diputación Permanente no sustituye al Parlamento para aprobar leyes ordinarias
Conviene evitar otro posible equívoco. La Diputación Permanente no se convierte, tras la disolución, en un pequeño Congreso con capacidad general para seguir aprobando todos los proyectos de ley pendientes. No es así.
Lo que sí puede es convalidar o derogar los Decretos-leyes presentados por el Gobierno.
En definitiva, una legislatura que deja demasiada legislación a medias
La convocatoria de elecciones del 29 de noviembre cierra así abruptamente la XV Legislatura y deja una extensa agenda normativa sin culminar.
En resumen para el opositor, la disolución de las Cortes ha limpiado el tablero legislativo. Solo se han salvado las normas que ya habían terminado todo el recorrido parlamentario o las que, en su caso, correspondan expresamente a la Diputación Permanente.
El próximo Parlamento, ¿puede recuperar las reformas pendientes de aprobación? Sí, pero no automáticamente. El nuevo Gobierno podrá aprobar nuevamente proyectos de ley sobre estas materias y remitirlos a las Cortes. Y los grupos parlamentarios también podrán volver a registrar proposiciones de ley. Incluso podrán utilizar textos prácticamente idénticos a los que ahora decaen.
Pero desde el punto de vista parlamentario serán nuevas iniciativas de una nueva legislatura, sometidas nuevamente a publicación, enmiendas, ponencia, comisión, Pleno cuando corresponda, intervención del Senado y sanción y promulgación. Y lo trabajado políticamente podrá servir de precedente.
Miguel Ezcurra

El decreto de disolución de las Cortes y convocatoria de elecciones está previsto que se publique en el BOE mañana martes 6 de octubre, momento a partir del cual se producirá formalmente la disolución del Congreso y del Senado.
Y entre ellas se encuentran algunos proyectos de enorme importancia para los temarios de oposiciones de Derecho Administrativo, Función Pública, Hacienda Pública, Derecho Constitucional, Seguridad Social, Sanidad, Economía y Unión Europea.
La gran damnificada para los opositores: la Ley de la Función Pública del Estado
Probablemente, el proyecto que más directamente afecta a nuestros lectores es el proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, que fue presentado por el Gobierno el 17 de julio de 2024 y calificado por la Mesa del Congreso el 23 de julio. La Cámara encomendó su aprobación, con competencia legislativa plena, a la Comisión de Hacienda y Función Pública.
Sin embargo, más de dos años después no se había convertido en ley, circuntancia que ya fue advertida por La Gaceta del Opositor el pasado 5 de agosto bajo del título de La Ley de la Función Pública de la Administración del Estado ni está ni se le espera.
Ahora, la disolución pone punto final al procedimiento. Y el asunto no es menor, puesto que el proyecto pretendía desarrollar específicamente para la Administración del Estado buena parte del régimen establecido con carácter básico por el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015.
Por tanto, la Administración General del Estado continuará sin disponer de esa gran ley general de Función Pública cuya aprobación lleva años anunciándose.
Si el próximo Gobierno quiere recuperarla, deberá comenzar un nuevo procedimiento legislativo.
También decae la Ley Orgánica de Integridad Pública
Otra iniciativa estrechamente vinculada con el funcionamiento de las Administraciones Públicas es el Proyecto de Ley Orgánica de Integridad Pública. Había sido presentado el 31 de julio de 2026 y, tras su calificación el 8 de septiembre, se encontraba en la Comisión de Hacienda y Función Pública, todavía en fase de enmiendas.
Igualmente decae la condonación de deuda a las Comunidades Autónomas
Otra de las iniciativas de mayor trascendencia económica es el Proyecto de Ley Orgánica de medidas excepcionales de sostenibilidad financiera para las comunidades autónomas de régimen común. Fue presentado el 11 de diciembre de 2025 y se encontraba en la Comisión de Hacienda y Función Pública en fase de informe.
Su tramitación había provocado un fuerte debate político y financiero, puesto que, como su nombre indica, el proyecto articulaba la asunción por el Estado de una parte de la deuda de las comunidades autónomas de régimen común.
Tampoco habrá reforma del sistema de financiación autonómica
El final anticipado de la legislatura impide asimismo culminar otra de las reformas económicas que estaban sobre la mesa: el nuevo modelo de financiación autonómica.
Justicia: también se quedan reformas en el camino
La disolución afecta igualmente a distintas iniciativas en materia judicial. Por ejemplo, el Congreso acababa de tomar en consideración el pasado 29 de septiembre una proposición de ley orgánica para modificar el artículo 307 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, relativo al curso de selección de los aspirantes a ingresar en la Carrera Judicial.
La toma en consideración fue aprobada por 295 votos a favor, 36 en contra y 15 abstenciones.Pero haber superado la toma en consideración no equivale a haber aprobado una ley. La iniciativa seguía pendiente de desarrollo parlamentario y, por tanto, queda afectada por la caducidad.
Otras cuestiones afectadas
Lo mismo sucede con otras proposiciones relacionadas con el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, con el Proyecto de Ley de las Organizaciones de Pacientes, con dferentes medidas relacionadas con el Estatuto del Docente, con el régimen penitenciario, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y distintas reformas procesales que todavía se encontraban pendientes en la Cámara.
La Diputación Permanente no sustituye al Parlamento para aprobar leyes ordinarias
Conviene evitar otro posible equívoco. La Diputación Permanente no se convierte, tras la disolución, en un pequeño Congreso con capacidad general para seguir aprobando todos los proyectos de ley pendientes. No es así.
Lo que sí puede es convalidar o derogar los Decretos-leyes presentados por el Gobierno.
En definitiva, una legislatura que deja demasiada legislación a medias
La convocatoria de elecciones del 29 de noviembre cierra así abruptamente la XV Legislatura y deja una extensa agenda normativa sin culminar.
En resumen para el opositor, la disolución de las Cortes ha limpiado el tablero legislativo. Solo se han salvado las normas que ya habían terminado todo el recorrido parlamentario o las que, en su caso, correspondan expresamente a la Diputación Permanente.
El próximo Parlamento, ¿puede recuperar las reformas pendientes de aprobación? Sí, pero no automáticamente. El nuevo Gobierno podrá aprobar nuevamente proyectos de ley sobre estas materias y remitirlos a las Cortes. Y los grupos parlamentarios también podrán volver a registrar proposiciones de ley. Incluso podrán utilizar textos prácticamente idénticos a los que ahora decaen.
Pero desde el punto de vista parlamentario serán nuevas iniciativas de una nueva legislatura, sometidas nuevamente a publicación, enmiendas, ponencia, comisión, Pleno cuando corresponda, intervención del Senado y sanción y promulgación. Y lo trabajado políticamente podrá servir de precedente.
Miguel Ezcurra






