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Martes, 30 de Junio de 2026

Miguel Ezcurra
Martes, 30 de Junio de 2026
MADRID

El Supremo cree que la regularización de inmigrantes puede vulnerar la normativa europea

Solicita a dos Comunidades Autónomas que informen sobre la conveniencia de plantear una cuestión prejudicial al TJUE que paralizaría el decreto

El Tribunal Supremo ha abierto la puerta a plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para determinar si el proceso extraordinario de regularización de personas extranjeras en situación irregular aprobado por el Gobierno puede resultar incompatible con la normativa europea en materia de migración y asilo.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha dictado dos providencias en las que concede un plazo de cinco días a las partes personadas para que formulen alegaciones sobre la conveniencia de elevar la consulta al TJUE. El debate se suscita en los recursos interpuestos por las Comunidades Autónomas de Aragón y Valenciana contra el Real Decreto 316/2026, aprobado el 14 de abril, por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica de Extranjería e las disposiciones adicionales reguladoras del proceso de regularización.

El Alto Tribunal advierte de que no se está ante una concesión individualizada de autorizaciones de residencia, sino ante un régimen general previsto normativamente para ciudadanos de terceros países que se encuentren en España en situación irregular y cumplan las condiciones exigidas por la norma.

Según el Supremo, este mecanismo plantea dudas acerca de su eventual compatibilidad con las disposiciones europeas que desarrollan el Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea, aprobado en 2024. En particular, la Sala cuestiona si resulta conforme con el Derecho de la Unión reconocer, con carácter general, autorizaciones temporales de residencia a personas en situación irregular sin que hayan sido sometidas previamente a una orden de retorno, salvo las excepciones expresamente previstas por la normativa comunitaria.

La posible consulta al TJUE también se refiere a la Directiva de Retorno y a la falta de transposición de esta norma por parte del Estado español. El Tribunal Supremo quiere conocer si dicha circunstancia permite establecer un sistema generalizado de regularización o si, por el contrario, debe aplicarse el régimen ordinario de retorno previsto por el Derecho europeo.

Otro de los interrogantes planteados afecta al rango de la disposición utilizada. La Sala pregunta a las partes si un Estado miembro puede aprobar, mediante una norma reglamentaria, un proceso de regularización masiva de nacionales de terceros países en situación irregular, con efectos potenciales sobre un número muy elevado de personas, estimado entre 900.000 y 1.650.000, sin que conste una comunicación previa a la Comisión Europea ni coordinación con los restantes Estados miembros.

Asimismo, el Supremo plantea si, tras la entrada en vigor del Pacto Europeo de Migración y Asilo y del Reglamento (UE) 2024/1351, un Estado miembro puede acordar una regularización de alcance general fundada esencialmente en una decisión de política migratoria interna.

Miguel Ezcurra

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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