Miguel Ezcurra
Miércoles, 22 de Abril de 2026
MADRID
Formentera logra senador propio tras culminar en las Cortes la cuarta reforma de la Constitución
La isla balear dejará de compartir circunscripción con Ibiza en el Senado a partir de las próximas elecciones, una vez entre en vigor la modificación del artículo 69.3 de la Constitución
Madrid ha sido este miércoles escenario de una reforma constitucional de alcance limitado, pero de indudable carga política y simbólica para el equilibrio de la representación territorial en España. El Pleno del Senado ha aprobado definitivamente la modificación del artículo 69.3 de la Constitución Española para que la isla de Formentera disponga por fin de un senador propio, dejando atrás la circunscripción conjunta que hasta ahora compartía con Ibiza.
Se cierra así el recorrido parlamentario de la que ya puede calificarse como la cuarta reforma de la Constitución de 1978, una modificación puntual, nacida a iniciativa del Parlamento de Baleares, que ha contado con un amplísimo respaldo político y que únicamente ha encontrado la oposición de Vox. El texto será remitido directamente al Boletín Oficial del Estado, culminando un largo proceso reivindicativo que se ha prolongado durante más de tres décadas.
La reforma no altera la arquitectura general del Senado, pero sí corrige una singularidad largamente discutida en el ámbito balear. Hasta ahora, Formentera, pese a su identidad insular diferenciada, concurría al Senado dentro del mismo tándem electoral que Ibiza. Con la nueva redacción constitucional, ambas islas pasan a figurar separadamente entre aquellas a las que corresponde la elección de un senador propio.
La tramitación ha sido especialmente rápida en esta fase final. Tanto el Congreso como el Senado optaron por el procedimiento de lectura única, de modo que no hubo ni ponencia, ni comisión, ni fase de enmiendas propiamente dicha en la Cámara Alta. El Senado se ha limitado a ratificar el texto remitido por el Congreso, lo que ha permitido acelerar la aprobación definitiva de una reforma que en legislaturas anteriores había fracasado en varias ocasiones.
El desbloqueo político se produjo en el Congreso, cuando el Partido Popular terminó sumándose al acuerdo tras aceptarse una enmienda para mantener en el texto constitucional la denominación “Ibiza” en castellano, en lugar de “Eivissa”, como planteó inicialmente el Parlamento balear. Esa precisión terminológica, aparentemente menor, resultó decisiva para consolidar el consenso final en torno a la reforma.
Durante el debate en el Senado, la mayoría de los grupos defendieron la modificación como una reivindicación histórica, legítima y territorialmente fundada. Desde el PSOE se sostuvo que la situación vigente constituía una “disfunción” en el sistema de representación territorial de la Cámara Alta, mientras que desde el PP se puso el acento en el “consenso” alcanzado y en el hecho de que la iniciativa naciera del propio territorio. El tono más emotivo llegó desde la representación pitiusa, donde se describió la aprobación como el fin de un “error histórico” y como un auténtico triunfo de la democracia representativa.
Vox rechazó la reforma. Su crítica se centró en que supondrá un aumento de representación en el Senado sin que, a su juicio, ello vaya a traducirse necesariamente en una mejora concreta de la vida de los ciudadanos de Formentera. Frente a esa tesis, el resto de grupos subrayaron que la medida trasciende lo simbólico y se inscribe en la lógica constitucional del Senado como cámara de representación territorial.
La nueva redacción del artículo 69.3 pasará a incluir de forma expresa a Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma entre las islas con derecho a elegir un senador. Junto a ello, la reforma incorpora una disposición adicional única conforme a la cual la eficacia de la nueva circunscripción electoral de Formentera quedará demorada hasta las inmediatas elecciones al Senado una vez la reforma entre en vigor. Es decir, no tendrá efectos inmediatos sobre la actual legislatura, pero sí se proyectará sobre la próxima convocatoria general.
La exposición de motivos de la iniciativa reivindica que la reforma permite reconocer de manera más efectiva en el Senado las singularidades territoriales, geográficas y existenciales de los distintos territorios insulares de España. En el trasfondo late también una idea política de calado: que las reformas constitucionales de alcance limitado, cuando surgen del territorio y responden a desequilibrios concretos y ampliamente reconocidos, pueden abrirse paso con amplios consensos incluso en un clima político habitualmente crispado.
Formentera obtiene así una victoria institucional perseguida durante años. No se trata de una gran mutación del sistema constitucional, pero sí de una corrección precisa de una anomalía representativa que, para buena parte de las fuerzas políticas, ya no tenía justificación en un Estado que proclama la pluralidad territorial como uno de sus rasgos definidores. A veces, las reformas más pequeñas son también las más elocuentes: no por lo que transforman en bloque, sino por lo que reconocen de forma concreta.
Miguel Ezcurra

Se cierra así el recorrido parlamentario de la que ya puede calificarse como la cuarta reforma de la Constitución de 1978, una modificación puntual, nacida a iniciativa del Parlamento de Baleares, que ha contado con un amplísimo respaldo político y que únicamente ha encontrado la oposición de Vox. El texto será remitido directamente al Boletín Oficial del Estado, culminando un largo proceso reivindicativo que se ha prolongado durante más de tres décadas.
La reforma no altera la arquitectura general del Senado, pero sí corrige una singularidad largamente discutida en el ámbito balear. Hasta ahora, Formentera, pese a su identidad insular diferenciada, concurría al Senado dentro del mismo tándem electoral que Ibiza. Con la nueva redacción constitucional, ambas islas pasan a figurar separadamente entre aquellas a las que corresponde la elección de un senador propio.
La tramitación ha sido especialmente rápida en esta fase final. Tanto el Congreso como el Senado optaron por el procedimiento de lectura única, de modo que no hubo ni ponencia, ni comisión, ni fase de enmiendas propiamente dicha en la Cámara Alta. El Senado se ha limitado a ratificar el texto remitido por el Congreso, lo que ha permitido acelerar la aprobación definitiva de una reforma que en legislaturas anteriores había fracasado en varias ocasiones.
El desbloqueo político se produjo en el Congreso, cuando el Partido Popular terminó sumándose al acuerdo tras aceptarse una enmienda para mantener en el texto constitucional la denominación “Ibiza” en castellano, en lugar de “Eivissa”, como planteó inicialmente el Parlamento balear. Esa precisión terminológica, aparentemente menor, resultó decisiva para consolidar el consenso final en torno a la reforma.
Durante el debate en el Senado, la mayoría de los grupos defendieron la modificación como una reivindicación histórica, legítima y territorialmente fundada. Desde el PSOE se sostuvo que la situación vigente constituía una “disfunción” en el sistema de representación territorial de la Cámara Alta, mientras que desde el PP se puso el acento en el “consenso” alcanzado y en el hecho de que la iniciativa naciera del propio territorio. El tono más emotivo llegó desde la representación pitiusa, donde se describió la aprobación como el fin de un “error histórico” y como un auténtico triunfo de la democracia representativa.
Vox rechazó la reforma. Su crítica se centró en que supondrá un aumento de representación en el Senado sin que, a su juicio, ello vaya a traducirse necesariamente en una mejora concreta de la vida de los ciudadanos de Formentera. Frente a esa tesis, el resto de grupos subrayaron que la medida trasciende lo simbólico y se inscribe en la lógica constitucional del Senado como cámara de representación territorial.
La nueva redacción del artículo 69.3 pasará a incluir de forma expresa a Ibiza, Formentera, Menorca, Fuerteventura, La Gomera, El Hierro, Lanzarote y La Palma entre las islas con derecho a elegir un senador. Junto a ello, la reforma incorpora una disposición adicional única conforme a la cual la eficacia de la nueva circunscripción electoral de Formentera quedará demorada hasta las inmediatas elecciones al Senado una vez la reforma entre en vigor. Es decir, no tendrá efectos inmediatos sobre la actual legislatura, pero sí se proyectará sobre la próxima convocatoria general.
La exposición de motivos de la iniciativa reivindica que la reforma permite reconocer de manera más efectiva en el Senado las singularidades territoriales, geográficas y existenciales de los distintos territorios insulares de España. En el trasfondo late también una idea política de calado: que las reformas constitucionales de alcance limitado, cuando surgen del territorio y responden a desequilibrios concretos y ampliamente reconocidos, pueden abrirse paso con amplios consensos incluso en un clima político habitualmente crispado.
Formentera obtiene así una victoria institucional perseguida durante años. No se trata de una gran mutación del sistema constitucional, pero sí de una corrección precisa de una anomalía representativa que, para buena parte de las fuerzas políticas, ya no tenía justificación en un Estado que proclama la pluralidad territorial como uno de sus rasgos definidores. A veces, las reformas más pequeñas son también las más elocuentes: no por lo que transforman en bloque, sino por lo que reconocen de forma concreta.
Miguel Ezcurra






