Redacción
Viernes, 13 de Febrero de 2026
MADRID
Aprobada en el Congreso de los Diputados la reforma contra la multirreincidencia
El Congreso de los Diputados ha aprobado la reforma penal impulsada por Junts per Catalunya, con el apoyo del PP, PSOE, Vox, PNV, UPN y CC, para aumentar el castigo a la multirreincidencia. Se trata, por tanto, de endurecer algunos puntos del Código Penal con respecto a los delitos y hurtos de personas reincidentes.
La reforma, que ha sido aprobada por 302 votos a favor, 36 votos en contra y 8 abstenciones, supone un endurecimiento del Código Penal frente a la multirreincidencia en hurtos leves, introduce agravantes específicos para dispositivos electrónicos, refuerza la persecución de estafadores habituales y amplía el catálogo de medidas preventivas mediante prohibiciones territoriales, además de incorporar penas más severas contra el abastecimiento de narcolanchas.
En conjunto, se trata de una respuesta legislativa orientada a combatir la delincuencia patrimonial reiterada y el crimen organizado, con especial atención al impacto social de estas conductas.
1. Sentido general de la reforma: multirreincidencia y delincuencia habitual
La reforma impulsada pretende endurecer el tratamiento penal de los delincuentes que cometen delitos leves reiterados, principalmente hurtos y estafas de cuantía reducida, pero con impacto social elevado.
En el fondo, se busca corregir una disfunción clásica:
-
El hurto leve (menos de 400 €) suele castigarse solo con multa.
-
Pero cuando se repite constantemente, genera una sensación de impunidad.
-
La reforma introduce mecanismos para que esa reiteración tenga respuesta penal más grave.
Esto se encuadra en la política criminal de reforzar la protección de:
-
comercio minorista
-
ciudadanos vulnerables
-
seguridad en espacios públicos
-
convivencia urbana
2. Endurecimiento del hurto leve y salto a pena de prisión
Régimen ordinario
Cuando lo sustraído no excede de 400 euros, el hurto se considera delito leve y se castiga con multa de 1 a 3 meses
Reforma: multirreincidencia
El elemento clave es que el castigo puede pasar de multa a prisión cuando el autor acumule tres delitos de la misma naturaleza
En ese caso, el hurto reiterado puede elevarse a pena de prisión de 1 a 3 años
Esto supone un cambio fundamental: la reincidencia deja de ser solo un dato agravatorio y se convierte en umbral de transformación del delito leve en delito grave.
3. Nuevo agravante: robo o hurto de móviles y dispositivos electrónicos
Se incorpora un agravante específico cuando el objeto sustraído sea:
-
un móvil
-
una tablet
-
otro dispositivo electrónico con datos personales
La razón es evidente: hoy un teléfono contiene:
-
información bancaria
-
datos personales
-
acceso a identidad digital
-
claves y comunicaciones privadas
Por tanto, el perjuicio no es solo patrimonial, sino también:
-
de privacidad
-
de seguridad personal
-
de riesgo de fraude posterior
Este agravante refleja la adaptación del Derecho penal a la realidad tecnológica.
4. Penas más graves para estafadores habituales
La reforma también endurece el tratamiento de la estafa reiterada, especialmente cuando existe:
-
ánimo de lucro
-
engaño bastante
-
perjuicio patrimonial
Además, se establece que la pena se modulará atendiendo a criterios como:
-
el importe defraudado
-
el perjuicio económico real a la víctima
-
la relación entre estafador y víctima
-
los medios empleados
-
otras circunstancias de gravedad
Esto permite una respuesta más flexible pero también más severa frente a estafadores profesionales.
5. Prohibiciones territoriales: alejamiento de barrios, municipios o comunidades
Una novedad especialmente llamativa es la posibilidad de imponer al delincuente:
-
prohibición de acudir a determinados lugares
-
barrios
-
municipios
-
provincias
-
comunidades autónomas
-
o de aproximarse o comunicarse con determinadas personas
Esto supone extender medidas típicas de violencia de género o protección personal a delitos patrimoniales reiterados.
Finalidad:
-
prevenir reincidencia en zonas concretas
-
proteger comercios o víctimas recurrentes
-
reforzar la seguridad urbana
Desde el punto de vista constitucional, esta medida deberá aplicarse con proporcionalidad, porque incide en el derecho a la libertad de circulación (art. 19 CE)
6. Endurecimiento del “petaqueo” (narcolanchas y combustible)
Se introduce también un refuerzo penal contra el llamado petaqueo, es decir, al abastecimiento de combustible a narcolanchas en el mar
Se considera una conducta clave en el narcotráfico logístico.
La reforma fija penas de 1 a 5 años de prisión
Esto se conecta con la lucha contra el narcotráfico en el Estrecho y costas españolas.
7. Valoración global: finalidad y debate
Objetivo principal
-
reforzar la respuesta penal frente a delincuencia habitual de baja cuantía
Ventajas
-
reduce sensación de impunidad
-
protege a comerciantes y víctimas reiteradas
-
adapta el Código Penal a nuevas realidades (móviles, fraude digital)
Debate crítico
-
riesgo de penalizar pobreza o marginalidad
-
posible saturación penitenciaria
-
tensión con el principio de proporcionalidad
-
medidas territoriales restrictivas que deben motivarse sólidamente.

La reforma, que ha sido aprobada por 302 votos a favor, 36 votos en contra y 8 abstenciones, supone un endurecimiento del Código Penal frente a la multirreincidencia en hurtos leves, introduce agravantes específicos para dispositivos electrónicos, refuerza la persecución de estafadores habituales y amplía el catálogo de medidas preventivas mediante prohibiciones territoriales, además de incorporar penas más severas contra el abastecimiento de narcolanchas.
En conjunto, se trata de una respuesta legislativa orientada a combatir la delincuencia patrimonial reiterada y el crimen organizado, con especial atención al impacto social de estas conductas.
1. Sentido general de la reforma: multirreincidencia y delincuencia habitual
La reforma impulsada pretende endurecer el tratamiento penal de los delincuentes que cometen delitos leves reiterados, principalmente hurtos y estafas de cuantía reducida, pero con impacto social elevado.
En el fondo, se busca corregir una disfunción clásica:
-
El hurto leve (menos de 400 €) suele castigarse solo con multa.
-
Pero cuando se repite constantemente, genera una sensación de impunidad.
-
La reforma introduce mecanismos para que esa reiteración tenga respuesta penal más grave.
Esto se encuadra en la política criminal de reforzar la protección de:
-
comercio minorista
-
ciudadanos vulnerables
-
seguridad en espacios públicos
-
convivencia urbana
2. Endurecimiento del hurto leve y salto a pena de prisión
Régimen ordinario
Cuando lo sustraído no excede de 400 euros, el hurto se considera delito leve y se castiga con multa de 1 a 3 meses
Reforma: multirreincidencia
El elemento clave es que el castigo puede pasar de multa a prisión cuando el autor acumule tres delitos de la misma naturaleza
En ese caso, el hurto reiterado puede elevarse a pena de prisión de 1 a 3 años
Esto supone un cambio fundamental: la reincidencia deja de ser solo un dato agravatorio y se convierte en umbral de transformación del delito leve en delito grave.
3. Nuevo agravante: robo o hurto de móviles y dispositivos electrónicos
Se incorpora un agravante específico cuando el objeto sustraído sea:
-
un móvil
-
una tablet
-
otro dispositivo electrónico con datos personales
La razón es evidente: hoy un teléfono contiene:
-
información bancaria
-
datos personales
-
acceso a identidad digital
-
claves y comunicaciones privadas
Por tanto, el perjuicio no es solo patrimonial, sino también:
-
de privacidad
-
de seguridad personal
-
de riesgo de fraude posterior
Este agravante refleja la adaptación del Derecho penal a la realidad tecnológica.
4. Penas más graves para estafadores habituales
La reforma también endurece el tratamiento de la estafa reiterada, especialmente cuando existe:
-
ánimo de lucro
-
engaño bastante
-
perjuicio patrimonial
Además, se establece que la pena se modulará atendiendo a criterios como:
-
el importe defraudado
-
el perjuicio económico real a la víctima
-
la relación entre estafador y víctima
-
los medios empleados
-
otras circunstancias de gravedad
Esto permite una respuesta más flexible pero también más severa frente a estafadores profesionales.
5. Prohibiciones territoriales: alejamiento de barrios, municipios o comunidades
Una novedad especialmente llamativa es la posibilidad de imponer al delincuente:
-
prohibición de acudir a determinados lugares
-
barrios
-
municipios
-
provincias
-
comunidades autónomas
-
o de aproximarse o comunicarse con determinadas personas
Esto supone extender medidas típicas de violencia de género o protección personal a delitos patrimoniales reiterados.
Finalidad:
-
prevenir reincidencia en zonas concretas
-
proteger comercios o víctimas recurrentes
-
reforzar la seguridad urbana
Desde el punto de vista constitucional, esta medida deberá aplicarse con proporcionalidad, porque incide en el derecho a la libertad de circulación (art. 19 CE)
6. Endurecimiento del “petaqueo” (narcolanchas y combustible)
Se introduce también un refuerzo penal contra el llamado petaqueo, es decir, al abastecimiento de combustible a narcolanchas en el mar
Se considera una conducta clave en el narcotráfico logístico.
La reforma fija penas de 1 a 5 años de prisión
Esto se conecta con la lucha contra el narcotráfico en el Estrecho y costas españolas.
7. Valoración global: finalidad y debate
Objetivo principal
-
reforzar la respuesta penal frente a delincuencia habitual de baja cuantía
Ventajas
-
reduce sensación de impunidad
-
protege a comerciantes y víctimas reiteradas
-
adapta el Código Penal a nuevas realidades (móviles, fraude digital)
Debate crítico
-
riesgo de penalizar pobreza o marginalidad
-
posible saturación penitenciaria
-
tensión con el principio de proporcionalidad
-
medidas territoriales restrictivas que deben motivarse sólidamente.






