Redacción
Miércoles, 07 de Febrero de 2024
MADRID
Modificación del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales

Hoy se publica en el BOE el Real Decreto 141/2024, de 6 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio.
El principal objetivo de este real decreto es cumplir con los objetivos que persigue el componente 11 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y mejorar la comunicación, entre los ayuntamientos y el Instituto Nacional de Estadística (INE), de las variaciones en los datos de sus padrones municipales para que se produzca en tiempo real, para lo cual se prevé la interconexión entre los padrones y el INE.
Con esta finalidad, se modifican los artículos correspondientes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, con lo que la comunicación de datos del padrón por parte de los ayuntamientos que los gestionan pasa de ser mensual a ser una comunicación en tiempo real, aprovechando de esta manera de forma plena la agilidad que brindan los medios electrónicos. Este mismo cambio se adopta para las comunicaciones relativas al padrón de españoles residentes en el extranjero. Para la puesta en marcha de esta modificación se ha previsto un período transitorio hasta el 31 de agosto de 2026.
Junto a lo señalado anteriormente, se aprovecha la citada modificación del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales para adaptarlo a las novedades normativas de los últimos años que afectan a su contenido, por ejemplo a las modificaciones de las que ha sido objeto la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la última mediante el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo, también se adapta el reglamento a la nueva normativa sobre protección de datos personales, el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, al Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009, aprobado por el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, a la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica, a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y a algunas previsiones ya contempladas en la Resolución, de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
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