En el BOE de hoy se publica el Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, que, entre otras cosas, elimina la exigencia contenida en el art. 118.3 de la Ley de Contratos del Sector Público, según la cual un mismo contratista no podía suscribir varios contratos menores que, individual o conjuntamente, superaran los umbrales para ser considerados como tales; es decir, que los contratos de obras sean inferiores a 40.000 euros o los de suministros y servicios a 15.000.
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